viernes, julio 08, 2005

Emprendimiento y Legalidad


Cámara de Comercio, DIAN, Industria y Comercio, Bomberos, Saico y Acinpro, IVA, Retención En la Fuente, Rete ICA.

Un tema bien picante al momento de emprender, es clara la importancia de cumplir con todos los requisitos legales, pero he comprendido que todo tiene su momento. Muchos nos hemos equivocado gracias a que ninguna universidad enseña la realidad de la tramitología y los “riesgos” de construir una figura legal como empresa.
Quiero abrir un espacio para compartir juntos aprendizajes al momento de darle vida jurídica a una empresa.

Me entere que hay una exención del impuesto de Industria y Comercio de hasta 10 años para nuevas empresas que se conformen en Pereira y Desquebradas. OJO, hay que pedir la exención de impuestos antes de 90 días luego de expedida la cámara de Comercio. Y que hacemos los que no sabíamos y no pedimos la exención, y nos interesa no perder el tiempo de constituidos?. Una respuesta puede ser UNIRNOS y Negociar.

Mucho cuidado cuando se registre en la cámara de comercio.
Las niñas siempre le pasan un formulario donde de una se matricula Usted como comerciante y un establecimiento comercial. Si usted no tiene establecimiento comercial o trabaja desde la casa no hay necesidad de inscribir un establecimiento comercial, si lo inscribe le toca pagar el doble.
Mejor dicho puede ser legal con solo $35.000.
No infle los activos, ponga realmente lo que tiene así parezca absurdo por lo poco.

Cuidado una cosa, en la Cámara de Comercio se registra el comerciante y el establecimiento comercial, son diferentes aunque se encuentren en la misma hoja de registro, Al registrar el establecimiento comercial usted registra el nombre de el mismo. No esta registrando una marca y ni siquiera el nombre de la empresa. Así pues usted podría registrarse como comerciante y usar el nombre de su empresa como una marca no registrada.

Peligrosísimo es constituir una sociedad porque quieren que figuren todos lo socios cuando ni siquiera han tenido una venta, pues inmediatamente quedan inscritos en Régimen Común, y en ese régimen se les aumentan los costos inmediatamente. Les toca tener contador, declarar IVA y retención y esto lo deben hacer en las fechas estipuladas por la DIAN aun cuando no realicen ni una venta, porque sino los multan. Además todo les va a costar mas, desde el registro en cámara, mandar a imprimir facturación con numeración autorizada por la DIAN hasta una copia del registro de cámara de comercio.

Cuando vaya a registrarse acérquese a las oficinas de Risaralda Emprende o AJE Risaralda allí mismo en la cámara de Comercio para que le asesoren.

Cuales son tus experiencia con la Legalidad?.

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