viernes, noviembre 10, 2006

ParqueSoft abre su camino en Pereira

ParqueSoft Pereira se inauguró el 15 de Marzo de 2005 y se encuentra ubicado en las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Pereira en el Centro de Desarrollo Vecinal (CDV). Inicialmente 25 emprendedores llevaron a cabo esta comunidad que hoy ya cuenta con 55 emprendedores activos, 27 empresas albergadas, de las cuales 7 están legalmente constituidas. ParqueSoft ha generado en ventas y contratos realizados por las empresas internas $500.553.000 durante el 2005.

ParqueSoft en Pereira cuenta con el apoyo de la Alcaldía de Pereira, la UTP, Fundación Frisby, Cámara de Comercio, Seguridad Nacional y Publik, entre otros. En el entorno regional ParqueSoft en Pereira hace parte del proyecto enmarcado dentro del Plan de Desarrollo “Trabajando Unidos por la Gente y para la Gente, en el Eje Estratégico: Pereira compite y hace parte de la Política de Desarrollo Regional del programa Ciencia, Tecnología e Innovación”.

Se firmaron convenios la Corporación Incubadora de Empresas de base tecnológica del Eje Cafetero, “Incubar Eje Cafetero” para aunar esfuerzos para impulsar proyectos empresariales de la Industria del Software, con Fundación Centro de Investigación Docencia y Consultoría Administrativa (F-CIDCA) para el desarrollo de prácticas, asesorías, pasantías y consultorías, programas de formación y proyectos de investigación científica y tecnológica, con la ANDI, para poner a disposición de ambas entidades una serie de bienes, servicios y/o facilidades, con la Institución Educativa Suroriental de Pereira para el desarrollo del proyecto “Software Libre para un Mundo Mejor” de las empresas Soltec Colombia y MLC Tecnología educativa.

Los convenios firmados generarán beneficios para el próximo año por $447.200.000, además cuenta con proyectos comunitarios como “El Cine Club” para crecimiento cultural y lúdico de 20 niños de escasos recursos del municipio otorgando beneficios al municipio por $12.500.000 para este año.

Entre los proyectos destacados del parque se encuentra IRIS de la empresa DUTO, QUINOA y Software Libre Para un Mundo Mejor de las empresas SOLTEC Colombia y MLC Tecnología Educativa.

DUTO fué aprobado por el fondo emprender, por su proyecto Iris, fue nominada al “III Concurso Nacional de Planes de Negocio y Empresas Constituidas: Cree en Colombia, Crea Empresa”, además John Alexis guerra uno de los emprendedores pertenecientes a DUTO de ParqueSoft, es nominado al premio Joven Creativo y Emprendedor, que la Junior Cámara Internacional concede cada año en asocio con la FDC (Flanders District of Creativity), acumulando un logro más para su empresa.

El proyecto QUINOA de MLC y SOLTEC Colombia (Palabra Chibcha que significa Semilla Madre), es una escuela para el emprendimiento y preparación para la industria del software, la cual pretende capacitar a jóvenes emprendedores entre los 12 y 17 años, con ideas de desarrollo de software y creación de empresas en base tecnológica, en Emprendimiento y Software Libre.

En este momento, en QUINOA están trabajando 37 jóvenes, esperando que en el mes de Febrero del 2007, 12 de estos jóvenes puedan comenzar a trabajar en sus propias empresas, constituyendo este un proyecto social para jóvenes de escasos recursos.

Software Libre Para un Mundo Mejor también de las empresas MLC y SOLTEC de Colombia es un proyecto apoyado por la Alcaldía de Pereira y busca potencializar el uso de software libre en los sistemas de cómputo de los colegios que están bajo la administración de la secretaría de educación municipal y de esta forma generar desarrollo tecnológico y cognoscitivo.

Comunicaciones ParqueSoft

Patricia Rodríguez

martes, noviembre 29, 2005

INFORMACION TRIBUTARIA IMPORTANTE

(Elaborado por: Grupo Asesor Tributario de PARQUESOFT)

Aun en el agitado, y a veces estresante mundo en el que se trabaja en Colombia para poder progresar, todos nosotros debemos sacar el tiempo para enterarnos de las disposiciones legales vigentes que regulan nuestras actividades económicas. El desconocimiento de las mismas no nos exonera de cumplirlas.

Por tal razón, el propósito de este comunicado es alertarlo a usted, persona natural emprendedor que funciona dentro de PARQUESOFT, acerca de tres importantes normas tributarias que de deben ser conocidas y aplicadas en forma oportuna.

En efecto, usted debe conocer que toda persona natural dedicada a desarrollar aunque sea una sola de las actividades económicas consideradas como “Gravadas con el IVA”, se convierte en ese caso en un “Responsable del Impuesto sobre las Ventas”. Sucede entonces, que el trabajo de desarrollar y vender licencias de software, o el de comercializar equipos informáticos, es hoy día una actividad “Gravada con el IVA” lo cual lo convierte a usted en un “Responsable del IVA”. Sin embargo, no toda persona natural “Responsable del IVA” deberá liquidar en sus ventas el valor del Impuesto sobre las Ventas. De entre el grupo de “Responsables del IVA”, solo se exoneran de tener que expedir factura y liquidar IVA a aquellas personas naturales que cumplan con la totalidad de los siguientes 7 requisitos, a quienes se les llama “Responsables del IVA-Régimen Simplificado”:

1. No poseer un patrimonio bruto (suma de activos sin incluir pasivos) que supere los $80.000.000

2. No haber obtenido en el año anterior (para nuestra fecha, en el 2005) unos ingresos propios de su actividad superiores a $60.000.000

3. No haber CELEBRADO CONTRATOS en el año anterior (para nuestra fecha, en el 2005) que superasen los $60.000.000, o en el transcurso del actual (año 2006) que lleguen a superar $63.660.000

4. No poseer mas de un local, oficina o sede de negocio.

5. No desarrollar negocios que implican explotación de FRANQUICIAS (por ejemplo: Ser distribuidor autorizado de Microsoft)

6. No ser importador directo ni exportador directo

7. No haber realizado CONSIGNACIONES BANCARIAS en el año anterior (para nuestra fecha, en el 2005), que llegasen a superar los $80.000.000, o en el transcurso del actual (año 2006) que lleguen a superar $84.880.000

Quienes incumplan alguno de tales requisitos, adquieren el titulo de “Responsables de IVA-Régimen Común”, con la subsiguiente obligación de facturar todas sus operaciones, y al mismo tiempo, tener que liquidar el 16% como mayor valor en las mismas.

En vista de todo lo anterior, por ser usted una persona que “vive” de desarrollar actividades gravadas con IVA, y partiendo del hecho de que usted sí puede pertenecer al grupo de los denominados “Responsables del IVA-Régimen Simplificado”, la primera norma que señala una OBLIGACION en cabeza suya es la que citamos a continuación:

Inscribirse en el Registro Único Tributario

El Registro Único Tributario, RUT, establecido por el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, constituye el nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Mediante el decreto 2788 de ago 31 de 2004 se dispuso:

“Dec.2788 ago 31 de 2004, art.5. Obligados a inscribirse en el Registro Único Tributario - RUT. Están obligados a inscribirse en el Registro Único Tributario - RUT:

a) Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta,

b) Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio,

c) Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado,

d) Los agentes retenedores,

e) Los importadores y exportadores,

f) Los profesionales en compra y venta de divisas,

….(el subrayado es nuestro)

El tramite de inscribirse en el RUT, puede hacerse en dos formas: Via internet, accesando a la pagina www.dian.gov.co, o en forma personal ante las dependencias de la DIAN. En el momento de realizar la inscripción, la DIAN le expedirá una “Certificación de inscripción en el RUT.” Si usted ya venia inscrito en el “antiguo RUT”, el cual estuvo vigente hasta la salida del decreto 2788 de ago 31 de 2004, y no tuvo obligación de declarar renta 2004, en ese caso la DIAN misma le hizo automáticamente el tramite de reinscribirlo en el nuevo RUT y usted solo debe acercarse a recoger el certificado de inscripción en el nuevo RUT.

Preguntas relacionadas

1. Que sucederá con aquellos que no realicen este tramite y no exhiban en lugar publico de su oficina dicho certificado?

La norma responde:

“ART. 657 del Estatuto Tributario.—Sanción de clausura del establecimiento. La administración de impuestos podrá imponer la sanción de clausura o cierre del establecimiento de comercio, oficina, consultorio, y en general, el sitio donde se ejerza la actividad, profesión u oficio, en los siguientes casos:

d) Adicionado. L. 863 dic 29/2003, art. 25. Cuando quien estando obligado a hacerlo, no se inscriba en el registro único tributario, RUT, dentro de los plazos establecidos en la ley ;

e) Adicionado. L. 863/2003, art. 25. Cuando el responsable perteneciente al régimen simplificado no cumpla con la obligación prevista en el numeral 4º del artículo 506.(que menciona:. Exhibir en un lugar visible al público el documento en que conste su inscripción en el RUT, como perteneciente al régimen simplificado”).

INC. 2º—. La sanción a que se refiere el presente artículo, se aplicará clausurando por tres (3) días el sitio o sede respectiva, del contribuyente, responsable o agente retenedor, mediante la imposición de sellos oficiales que contendrán la leyenda "cerrado por evasión".

Cuando el lugar clausurado fuere adicionalmente casa de habitación, se permitirá el acceso de las personas que lo habitan, pero en él no podrán efectuarse operaciones mercantiles o el desarrollo de la actividad, profesión u oficio, por el tiempo que dure la sanción y en todo caso, se impondrán los sellos correspondientes.

Modificado. L. 223/95, art. 47. Una vez aplicada la sanción de clausura, en caso de incurrir nuevamente en cualquiera de los hechos sancionables con esta medida, la sanción a aplicar será la clausura por diez (10) días calendario y una multa equivalente a la establecida en la forma prevista en el artículo 655.

La sanción a que se refiere el presente artículo, se impondrá mediante resolución, previo traslado de cargos a la persona o entidad infractora, quien tendrá un término de diez (10) días para responder.

La sanción se hará efectiva dentro de los diez (10) días siguientes al agotamiento de la vía gubernativa.

Para dar aplicación a lo dispuesto en el presente artículo, las autoridades de policía deberán prestar su colaboración, cuando los funcionarios competentes de la administración de impuestos así lo requieran.”(el subrayado es nuestro)

2. Que pasará con las empresas que quieran contratarlo a usted y suceda que usted no entregue una fotocopia de su certificado de inscripción en el R.U.T.

La norma indica:

“ART. 177-2 del Estatuto Tributario.—Adicionado. L. 863/2003, art. 4°. No aceptación de costos y gastos. No son aceptados como costo o gasto los siguientes pagos por concepto de operaciones gravadas con el IVA:

c) Los realizados a personas naturales no inscritas en el régimen común, cuando no conserven copia del documento en el cual conste la inscripción del respectivo vendedor o prestador de servicios en el régimen simplificado. Se exceptúan de lo anterior las operaciones gravadas realizadas con agricultores, ganaderos y arrendadores pertenecientes al régimen simplificado, siempre que el comprador de los bienes o servicios expida el documento equivalente a la factura a que hace referencia el literal f) del artículo 437 del estatuto tributario.

Sin perjuicio de lo previsto en los literales a) y b) de este artículo, la obligación de exigir y conservar la constancia de inscripción del responsable del régimen simplificado en el RUT, operará a partir de la fecha que establezca el reglamento a que se refiere el artículo 555-2”(los subrayados son nuestros)

3.Desde qué momento empezará la DIAN a salir a la calle y verificar que estas obligaciones tributarias si se estén cumpliendo, para imponer las sanciones respectivas antes comentadas?

El decreto 2788 de ago 31 de 2004 dispuso:

Artículo 20. Exigibilidad de Inscripción en el Registro Único Tributario . Sin perjuicio de los plazos para la inscripción señalados en el artículo anterior, la exigibilidad de inscripción en el Registro Único Tributario tendrá lugar a partir de las siguientes fechas:

2. Personas naturales declarantes únicamente del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, el 16 de abril de 2006.

3. Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes al Régimen Simplificado inscritos en el Registro Nacional de Vendedores, no declarantes del impuesto sobre la renta, el 1º de julio de 2006.

Parágrafo. Las obligaciones del responsable del régimen simplificado de entregar en la primera venta o prestación de servicios a los adquirentes no pertenecientes al régimen simplificado, el documento en que conste la inscripción en dicho régimen y la exhibición en un lugar visible al público del documento en que conste su inscripción, como perteneciente al Régimen Simplificado, previstas en los numerales 2 y 4 del artículo 506 del Estatuto Tributario, serán exigibles a partir del 1º de julio de 2006 .(el subrayado es nuestro)

(si desea mayor información, puedes escribir a los correos jzuluaga@actualicese.com o dguevara@actualicese.com)

martes, octubre 18, 2005

Noticas


Un experto afirma que las etiquetas electrónicas se pondrán en marcha en 2006

Pagar en el supermercado sin sacar los productos del carro, recibir alarmas de cuándo caducan los alimentos o hacer inventarios inmediatos pueden ser acciones cotidianas en España a finales de 2006, cuando se cree que se generalizará la etiqueta electrónica, que sustituirá al código de barras.
Las mejoras que aportará esta nueva tecnología tanto en la vida de los consumidores como en la actividad industrial y empresarial fueron objeto de debate este martes en una jornada organizada en Barcelona por la Fundación Catalana para la Investigación (FCR) y el Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDEM) de la Generalitat.

El profesor de la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC) y director de AIDA Centre, especializada en esa tecnología, Rafael Pous, explicó que las experiencias piloto realizadas en España permiten aventurar que el 2006 será el año del despegue de esta tecnología, que promete revolucionar nuestras vidas como en su momento lo hicieron Internet y los teléfonos móviles.

La tecnología de identificación con radiofrecuencia, que responde a las siglas de RFID (en inglés), emplea etiquetas electrónicas formadas por una pequeña antena y un chip del tamaño de un grano de arena que sirven para identificar objetos a distancia, ya que un equipo lector interpreta la información sin exigir una línea de visión directa.

Etiquetas electrónicas, más rápidas y seguras
Para el consumidor eso se traducirá en compras más rápidas y seguras en los supermercados, ya que incluso en un futuro podremos "interrogar" a cualquier producto sobre sus propiedades y comprar a distancia, y permitirá resolver con más agilidad problemas como la pérdida de maletas en los aeropuertos.

La RFID se aplicará también en la trazabilidad alimentaria y permitirá seguir, por ejemplo, en tiempo real, el itinerario y estado de conservación de un filete desde el matadero hasta la mesa, dijo, con lo que se agilizaría la respuesta ante crisis alimentarias como la de este verano producida por pollos precocinados en mal estado.

Esta aplicación contribuirá también, según Pous, a garantizar la seguridad alimentaria y de fármacos al realizarse un seguimiento total e individual de cada uno, con lo que se combatirá mejor el fraude, que afecta, por ejemplo, al 10% de los medicamentos que están en el mercado.

Pous subrayó que en breve veremos almacenes donde las entradas y salidas de productos quedarán registradas automáticamente y donde las estanterías darán un inventario en tiempo real y la localización exacta de cada palet y caja.

Después de que el 2005 haya servido para efectuar experiencias piloto y disponer de todos los elementos necesarios, Pous cree que el 2006 servirá para que las empresas generalicen el uso de esta tecnología en España, sobre todo en sectores como el alimentario o el textil.

El país líder en el uso de esta tecnología es Estados Unidos, donde la utiliza el Ejército para controlar sus tanques en Irak, y también la emplea la primera empresa del mundo de grandes superficies, Wal-Mart.

Pous salió también al paso de algunas críticas que ha suscitado esta tecnología por el riesgo de invasión de la vida privada de los ciudadanos y, aunque admitió que abre la puerta a ello, considera que estos ataques son "desproporcionados".


Haruka, la recepcionista holográfica


5 de octubre de 2005.- En Japón se está celebrando estos días CEATEC, una feria donde los fabricantes asiáticos de electrónica de consumo presentan las novedades que el año que viene veremos en Europa. Es una de las pocas ferias donde todavía es posible sorprenderse con productos realmente novedosos, en fase de desarrollo o que tienen un enorme potencial.

De lo presentado este año yo me quedo con Haruka, una recepcionista holográfica que flota en el aire y habla a las personas cuando se le acercan. Es un producto desarrollado por la división de maquinaria de precisión de la compañía Pioneer y a diferencia de otros sistemas de visión en tres dimensiones no necesita de gafas especiales. La caja de proyección mide 21x18x21 centímetros.



Posted by alejo. GM





viernes, octubre 14, 2005

Destino

El destino no existe!; no me gustan las personas que proclaman a los cuatro vientos que todo esta escrito en un libro y no hay otra opción que seguir ese libreto al mejor estilo de Padres E Hijos y nuestra capacidad de liberar es igual a la que Daniela sea despedida del programa.La gente que se escuda en decretos divinos sobre el devenir de su vida y del mundo en el fondo son personas que carecen de fuerza de voluntad para hacer su propio futuro y tomar el poder de cambiar su situación actual mediante planeación y toma de decisiones correctas.Tal vez por eso L.A. está así, porque siempre se espera al destino y contra este no se puede hacer nada, esa creencia no genera desarrollo y la falta de accion se traduce en pobreza, pero es que el destino es así, no?. Que basura

viernes, septiembre 09, 2005

CON MUCHAS GANAS... DE EMPRENDER!!!


Algunos dicen que las grandes ideas nacen de la nada y son esas las que facilmente se consolidan, descubra a continuación cómo comenzó éste proyecto.

Todo nació un domingo en la noche; una gran idea rondaba en la cabeza de dos personajes hábiles y emprendedores, un ingeniero electrícista y otro de sistemas concordaban con el sueño de crear su propia empresa. Los primeros pasos de desarrollo se vieron desde que tomaron la desición de trabajar duro para emprender; una labor que sólo la alcanzan las personas que tienen pantalones y ganas, aquellos que son capaces de hacer sus sueños realidad.

Desde ese día Soltec Colombia, dejó de ser una ilusión y se transformó en una realidad tangible, un proyecto que no sólo brinda nuevas cosas, sino que tiene un pensamiento muy social. Alexander Cadavid y Rodger Posada, sus creadores, son los que hoy felizmente comercializan un software para TV interactiva y otro llamado “software libre, para un mundo mejor”; siendo éste último una idea que intenta incentivar a los niños y jóvenes para que conozcan más de tecnología, y desde temprano se inculque está cultura en las instituciones educativas.

Desde hace 5 meses éste duo conforma la familia ParqueSoft Pereira, una comunidad a la que le comparten sus conocimientos, sus sueños, su tiempo pero a la vez le contagian las ganas. Desde que empezaron su proyecto, en los arduos caminos del emprendimiento, descubrieron muchas satisfacciones, pero a la vez desilusiones, porque se dieron cuenta que emprender, es una desición que construye, pero que requiere pasión, esfuerzo e innovación.

Estos caballeros que más allá de ser nuevos empresarios y creadores de tecnología, son hombres de familia, los mismos que se preocupan por sus compañeros de oficina, aquellos que le endulzan las tardes a las mujeres de allá con bombones, chocolates y uno que otro mecato; pero aparte de demostrar su amistad, ambos han sido personas colaboradoras con el Parque. Son jóvenes y están llenos de buenas ideas, es más a ratos parecen incansables de tanto trabajar.

Aunque las palabras no alcanzan para seguir hablando de Rodger y Cadavid, los impulsadores de Linux, sólo queda agregar que son jóvenes sencillos, amantes de la cerveza, el rock en español, la comida y el trabajo; ah!! y por supuesto nunca cambiarían su música por el reggaetón.

Por: Ana Milena Duque
ParqueSoft Pereira
Comunicaciones